Contrato de Encargado del Tratamiento de Datos

📄 Te presentamos nuestro Contrato de Tratamiento de Datos:

El Cliente actuará como Responsable del Tratamiento de Datos y Bounsel como Encargado del Tratamiento de Datos de acuerdo con las siguientes obligaciones:

– Obligaciones del Encargado:

1. Tratar los datos de carácter personal siguiendo las instrucciones indicadas por el Responsable del Tratamiento, cumpliendo la normativa vigente en materia de Protección de Datos, garantizando todas las medidas de seguridad necesarias.

2. Registrar por escrito todas las categorías de tratamiento de datos efectuadas por cuenta del Responsable del Tratamiento.

3. No comunicar los datos personales a terceros salvo que cuenten con la autorización expresa del Responsable del Tratamiento, salvo que dicha comunicación sea necesaria para la prestación de los Servicios, por obligación legal o por razones de interés público.

4. Subcontratar únicamente las prestaciones del Contrato que se refieran a la utilización de servicios auxiliares necesarios para el funcionamiento del Servicio encomendado. En este caso, el subcontratista, que actúa como Encargado del Tratamiento, también está obligado a cumplir estas obligaciones y las instrucciones dictadas por el Responsable del Tratamiento. El Encargado del Tratamiento regulará la nueva relación, de forma que el subencargado quede sujeto a las mismas condiciones (instrucciones, obligaciones, medidas de seguridad, etc.) y con los mismos requisitos formales que él, en cuanto al correcto tratamiento de los datos personales y la garantía de los derechos de los interesados. En caso de incumplimiento por parte del subencargado del tratamiento, éste seguirá respondiendo directamente ante el Responsable del Tratamiento en relación con el cumplimiento de las obligaciones antes mencionadas.

5. Mantener la confidencialidad de los datos de carácter personal realizados por el Encargado del Tratamiento, incluso una vez finalizado el Contrato.

6. Garantizar que las personas autorizadas para el tratamiento de datos de carácter personal se comprometen, expresamente y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, informándose adecuadamente, garantizando su necesaria formación en materia de protección de datos.

7. Ayudar al Responsable a responder al ejercicio de los derechos por parte de los interesados. Cuando los interesados ejerzan sus derechos ante el Encargado del Tratamiento, éste lo notificará inmediatamente al Responsable del Tratamiento.

8. Proporcionar información por parte del Encargado justo cuando se recopilan los datos.

9. Notificar al Responsable del Tratamiento, en el plazo máximo de 24 horas, las violaciones conocidas de la seguridad de los datos de carácter personal a su cargo, con toda la información material para la documentación y comunicación de la incidencia.

10. Ofrecer al Responsable del Tratamiento las garantías suficientes y adecuadas para aplicar correctamente las medidas técnicas y organizativas que permitan cumplir los requisitos de la normativa española vigente y del RGPD, incluidas las medidas de seguridad adecuadas.

11. Garantizar que el tratamiento de los datos personales contará con las medidas de seguridad adecuadas que sean pertinentes en cada caso de conformidad con el artículo 32 del RGPD.

12. Suprimir o devolver, a elección del Responsable del Tratamiento, todos los datos personales cuando finalice la prestación del tratamiento de datos, y suprimir todas las copias existentes, salvo que deban conservarse por imperativo legal.

13. Garantizar que las personas autorizadas para el tratamiento de datos de carácter personal se comprometen, expresamente y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, informándose adecuadamente, garantizando su necesaria formación en materia de protección de datos.

– Obligaciones del Responsable:

1. Indicar al Encargado del Tratamiento las medidas de seguridad técnicas y organizativas necesarias para cumplir con la obligación establecida en el número 11.

2. Colaborar con el Encargado del Tratamiento en aquellas obligaciones que exijan dicha colaboración.

3. Informar al Encargado del Tratamiento sobre los resultados de la evaluación de impacto realizada por el Responsable en relación con el tratamiento de los datos. No comunicar los datos personales a terceros salvo: que cuenten con la autorización expresa del Responsable, cuando sea necesario para la prestación de los Servicios, por obligación legal o por razones de interés público.

Última actualización: 27/02/2023